El ayuntamiento aumenta a 70.000€ las ayudas al sector primario local

 El periodo de solicitud estará abierto hasta el próximo 4 de mayo y la cuantía de la subvención será de hasta un máximo de 3.500€ 


El Ayuntamiento de Santiago del Teide comunica que hasta el próximo 4 de mayo estará abierto el plazo para solicitar ayudas destinadas a las personas físicas y jurídicas que ejerzan actividad en el sector primario local y acrediten los requisitos especificados en las bases reguladoras.


Las mismas están destinadas a incrementar e impulsar el desarrollo de actividades en el sector primario y apoyar la actividad ya existente, proporcionándole y favoreciendo el funcionamiento óptimo para su continuidad.


Para tal fin, el ayuntamiento ha destinado una partida presupuestaria de 70.000€ (10.000€ más que la última convocatoria), siendo la cuantía que percibirá cada beneficiario de un mínimo de 500,00€ y un
máximo de 3.500€.


Podrán concurrir a esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividad en el sector primario y acrediten los siguientes requisitos generales:


- Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio de Santiago del Teide mínimo SEIS MESES antes de la publicación de las presentes bases y ejercer la actividad en este municipio. 


- Tener la sede social de la Entidad en el municipio de Santiago del Teide (entidad con personalidad jurídica).


- Los beneficiarios/as deberán estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, Hacienda Pública Estatal y Autonómica y Tesorería Municipal y no estar incursos en ninguna de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto aportarán Declaración responsable.


- Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en los respectivos regímenes especiales de la Seguridad Social.


- Haber justificado las ayudas económicas recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide.


Podrán ser objeto de subvención las inversiones destinadas a mejorar el desarrollo de la actividad basadas en la mejora de su funcionamiento a través del uso de energías renovables (bienes no inventariables), todas aquellas inversiones que fomenten la sostenibilidad, la eficiencia energética y que impliquen el avance y crecimiento de la actividad, tales como la instalación de sistemas de ahorro de agua y de energía (no inventariable), las prácticas ecológicas en cada uno de los sectores, los gastos de prevención de riesgos laborales, material informático (no inventariable) y un sinfín de gastos que se encuentran dentro de las bases reguladoras de estas ayudas.


Toda la información relativa a las mismas (modelo de solicitud, bases de la convocatoria y demás) se encuentra disponible en el siguiente enlace:


https://sede.santiagodelteide.es/publico/edictos/2026000024