No estará permitida
la realización de hogueras en playas, en espacios públicos y espacios naturales
protegidos del municipio, a excepción únicamente de las realizadas por el Ayuntamiento
en la playa de Los Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen
Recuerda la
necesidad de realizar una comunicación previa al Ayuntamiento si se desea
realizar una hoguera en espacios privados permitidos según el bando municipal
Para atender las
incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono
general del Ayuntamiento 010 (922 761 600)
Con motivo de la celebración de la ‘Noche del Fuego y
los Deseos, San Juan 2025’, el Ayuntamiento de Arona hace un llamamiento a la
solidaridad, responsabilidad y civismo de los vecinos de Arona y de los
ciudadanos en general, además de la necesidad de realizar una comunicación
previa si se desea realizar una hoguera en espacios privados.
En concordancia con la nueva ley 7/2022, de 8 de
abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el
Ayuntamiento de Arona, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1. 1º del
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, pone en conocimiento del
público que no estará permitida la realización de hogueras en playas, en los
espacios públicos y espacios naturales protegidos del municipio. Solo estarán
permitidas las realizadas por Ayuntamiento de Arona en la playa de Los
Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen.
Comunicación
previa
Los vecinos y vecinas que pretendan realizar una
hoguera tradicional deberán comunicarlo previamente en los registros de entrada
oficiales dirigidos a la concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Arona. Se
han habilitado tres opciones: por escrito en las oficinas de atención al
ciudadano del municipio de Arona (SAC) mediante cita previa; por la sede
electrónica del Ayuntamiento de Arona en
https://www.arona.org/Sede-Electronica; y por el registro de entrada digital
“Redsara”: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
La comunicación previa deberá realizarse mediante
Modelo Genérico 005 que estará disponible en la sede electrónica del
Ayuntamiento acompañado de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, NIE o
Pasaporte del interesado; Plano descriptivo del lugar exacto donde se pretende
realizar la hoguera; Declaración responsable para las ‘Hogueras de San Juan
2025’.
El plazo para presentar las comunicaciones será hasta
las 14.00 horas del día 18 de junio de 2025. Conforme al modelo de comunicación
previa, se identificará en todo caso al promotor o promotora, persona mayor de
edad, con vecindad en el término municipal de Arona, que asumirá la
responsabilidad de la actividad a desarrollar.
Las hogueras ubicadas en terrenos de titularidad
privada deberán estar situadas en lugares donde haya facilidad para el acceso
de los servicios de seguridad, protección civil y emergencias. En ningún caso
podrán situarse ocupando vías públicas o espacios de dominio público, espacios
naturales protegidos y especialmente quedando prohibido la ocupación de
parques, jardines, barrancos y playas. Del mismo modo, no se podrán ubicar
dentro de parques ni polígonos industriales. Queda prohibido el uso recreativo
del fuego (hogueras, …) en los
espacios públicos y privados en la zona de riesgo de incendio forestal desde
las 12.00h del día 23 de junio hasta las 15.00h del día 24 de junio de 2025
(zona A, que comprende desde la Carretera Insular TF-28 hasta el linde superior
del Término Municipal.
En el caso de que la persona promotora no sea
propietaria del terreno deberá adjuntar en la comunicación previa la
correspondiente autorización de la persona titular del mismo. El terreno donde
se ubique la hoguera deberá ser urbano, urbanizable o agrícola en explotación.
En caso de ubicarse en terreno agrícola, deberá contar con la autorización
administrativa previa del Cabildo Insular de Tenerife, sin perjuicio de la
comunicación previa a efectuar ante el Ayuntamiento de Arona.
Prohibiciones
Por esta razón, las actividades como hogueras,
realización de braseros, utilización de grupos electrógenos y botellones quedan
prohibidas y sujetas al régimen de infracciones y sanciones establecidas en la
normativa vigente.
Se recuerda que la pila de materiales que constituye
la hoguera no deberá estar formada por sustancias inflamables, explosivas,
peligrosas, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de
residuos cuya naturaleza pueda conllevar la emisión de gases altamente
contaminantes o molestos (neumáticos, palés de madera, gomaespumas, plásticos,
botes de aerosoles de cualquier clase, …) y que generen residuos peligrosos.
La persona promotora de la hoguera deberá disponer de
suministro de agua mediante red de abastecimiento propia que abarque toda la
hoguera durante todo el periodo de encendido con capacidad suficiente para la
total extinción de la misma. Además, deberá responsabilizarse de la correcta y
total extinción de la misma, así como dejar el lugar en las mismas condiciones
en las que estaba previamente.
Se podrán desmontar las hogueras que no reúnan las
condiciones de seguridad, medioambientales o por su peligrosidad.
Para atender las incidencias estará operativo un Puesto
de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761
600) desde las 20:00 horas del 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del 24
de junio de 2025.
En los espacios privados autorizados, la hoguera
deberá ubicarse en lugares despejados evitando la proximidad a árboles, tendidos
eléctricos, vehículos, manteniendo una distancia de seguridad como mínimo de
100 metros de edificaciones, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano y
vehículos. Deberá respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras;
la hoguera no tendrá una altura y diámetro superior a 3 metros, en ningún caso;
las hogueras se prenderán desde las 20:00 horas del día 23 de junio de 2025
hasta las 01:00 horas del día 24 de junio de 2025.